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Cuánto gana un empleado de heladería en Uruguay

Revisada el 24/10/2026.

El sueldo de una heladería en cadena lo fija el laudo del Grupo 11, Subgrupo 04, vigente del 1/7/2025 al 30/6/2027 (acta del 19/12/2025). El Salario Mínimo Nacional que fija el Decreto 319/025 es hoy $ 25.383 (desde el 1/7/2026; antes, $ 24.572 desde el 1/1/2026). Para un vendedor o cajero de heladería en cadena, el mínimo nominal por 44 horas semanales es $ 38.135 desde el 1/7/2026 (acta del 23/07/2026, tabla del MTSS); el peón u operario común tiene $ 37.448 y el limpiador $ 35.270. Desde el 1/1/2027 pasan a $ 38.966, $ 38.373 y $ 36.141.

Qué laudo te corresponde

  • Heladería en cadena: el subgrupo 04 cubre establecimientos cuya actividad principal es la venta fraccionada de helados, sin planta de elaboración en el territorio nacional. Tienen que operar con la misma denominación, razón social o conjunto económico y tener un mínimo de 3 locales. Deja afuera al empleado principal: dirección, supervisores y encargado general (acta 2025).
  • Fábrica de helados: va por otro convenio, el Grupo 1, Subgrupo 01 Industria Láctea, capítulo 03 Heladerías Industriales (acta 2025).
  • Otras heladerías (independientes, artesanales): el Grupo 11 lista cuatro subgrupos y ninguno es de heladerías independientes o artesanales (integrantes del Grupo 11, MTSS). No vamos a deducir dónde caen: consultá en el MTSS qué grupo les corresponde. Si estás armando tu propio local, mirá cómo abrir una heladería en Montevideo.

Las categorías del laudo de heladerías en cadena

Estos son los salarios mínimos nominales por categoría para 44 horas semanales. Los del 1/1/2026 salen de la tabla del acta del 19/12/2025 (expediente 2025-13-2-0004089); los del 1/7/2026, que son los vigentes hoy, y los del 1/1/2027 salen del acta del 23/07/2026, «Ajuste julio 2026 y enero 2027» (expediente 2026-13-2-0001994). Los dos PDF del MTSS están escaneados y los transcribimos nosotros; si encontrás una diferencia con el PDF, avisanos.

CategoríaNivel1/1/20261/7/20261/1/2027Fuente
Limpiador1$ 34.653$ 35.270$ 36.141acta 12/2025 · acta 7/2026
Sereno / peón / operario común1$ 36.793$ 37.448$ 38.373acta 12/2025 · acta 7/2026
Vigilante2$ 37.798$ 38.135$ 38.966acta 12/2025 · acta 7/2026
Auxiliar administrativo / vendedor2$ 37.798$ 38.135$ 38.966acta 12/2025 · acta 7/2026
Cajero especializado2$ 37.798$ 38.135$ 38.966acta 12/2025 · acta 7/2026
Encargado de depósito / de mantenimiento2$ 38.500$ 38.842$ 39.689acta 12/2025 · acta 7/2026
Chofer2$ 40.671$ 41.033$ 41.927acta 12/2025 · acta 7/2026
Fiscal2$ 45.439$ 45.843$ 46.843acta 12/2025 · acta 7/2026
Quebranto de caja (partida aparte)—$ 1.978$ 2.013$ 2.063acta 12/2025 · acta 7/2026

Para comparar: en el acta anterior (acta 2023) el vendedor tenía $ 33.879 al 1/1/2024 y el limpiador $ 30.730.

Según el acta de 2023, los salarios del subgrupo son mensuales: el valor diario se calcula dividiendo entre treinta y el valor hora, dividiendo ese resultado entre ocho (cláusula sexta). Los mínimos pueden integrarse con retribuciones fijas o variables, como comisiones, y no incluyen primas por antigüedad ni presentismo.

Cómo se ajusta hasta 2027

El acta 2025 fija ajustes semestrales según el nivel salarial. Las franjas se miden con los salarios nominales vigentes al 30/6/2025 para 44 horas semanales: Nivel 1 hasta $ 35.704, Nivel 2 entre $ 35.705 y $ 151.459, y Nivel 3 desde $ 151.460. Desde el 1/7/2026 las franjas quedaron en Nivel 1 hasta $ 37.223, Nivel 2 más de $ 37.223 y hasta $ 157.902, y Nivel 3 más de $ 157.902 (acta del 23/07/2026).

Nivel1/7/20251/1/20261/7/2026 (previsto)1/1/2027 (previsto)Fuente
Nivel 13,3 %2,4 %1,61 %2,31 %acta 2025
Nivel 22,5 %2,1 %0,72 %2,02 %acta 2025
Nivel 31,6 %1,72 %0,52 %1,52 %acta 2025

Los porcentajes efectivos los fijó después el acta del 23/07/2026: 1,78 % (Nivel 1), 0,89 % (Nivel 2) y 0,69 % (Nivel 3) al 1/7/2026, y 2,47 %, 2,18 % y 1,68 % al 1/1/2027; son los de la tabla de categorías de arriba. Los previstos del acta de 2025 ya venían netos de una cuota del correctivo negativo de la Ronda 10 (-3,54 %, a descontar en tres veces; acta 2025). El correctivo intermedio por IPC del 1/7/2026 no correspondió. Los correctivos de las franjas 1 y 2 son solo en más; el único pendiente es el final, al 1/7/2027.

Otros beneficios que figuran en el acta

  • Ropa de trabajo dos veces al año (acta 2025, cláusula décimo cuarta).
  • 16 horas anuales, no acumulables, para consultas de salud mental (acta 2025, cláusula décimo tercera).
  • Licencia por cuidados de hasta 48 horas por año (acta 2025, cláusula décimo cuarta).
  • La retroactividad del ajuste del 1/7/2025 se paga con el salario de diciembre de 2025 (acta 2025, cláusula décima).
  • Los incrementos no se aplican a remuneraciones variables como las comisiones (acta 2025, cláusula octava).

Si la heladería es una fábrica

En el capítulo 03 del Grupo 1 las franjas son por hora: la Franja 1 llega hasta $ 826,14 y la Franja 2 empieza en $ 826,15; estaba previsto actualizarlas al 1/7/2026 y no leímos el valor nuevo. Los ajustes del Nivel 1 son 3,3 %, 3,6 %, 1,9 % y 3,2 %, y los del Nivel 2, 2,5 %, 3,3 %, 1,7 % y 2,7 %, en las cuatro fechas del convenio; los de julio de 2026 debían integrarse con el correctivo intermedio. La prima por trabajar en cámara de congelados a -18 °C o menos pasó de 10 % a 18 % desde el 1/1/2026. La antigüedad es de 1,10 % sobre el salario base de peón u operario común desde el tercer año, con tope a los 15 años, y de 1,20 % desde los 16 años, con tope de 22 años desde el 1/7/2026 y de 25 desde el 1/1/2027 (acta 2025). La tabla por categoría está en el PDF del MTSS.

Qué preguntar antes de entrar a trabajar

  1. Qué laudo aplica en esa empresa y en qué categoría te ubican.
  2. Si parte del pago son comisiones y cómo se calculan.
  3. Cuántas horas semanales vas a trabajar.
  4. Si te dan ropa de trabajo.
  5. Si el puesto es de temporada: qué convenio rige. Las actas que leímos no traen cláusulas de temporada; hay más en heladerías de temporada en la costa.

Para ver qué heladerías hay cerca, tenés el directorio.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el sueldo mínimo en una heladería?

Depende de la categoría: para un vendedor o cajero de heladería en cadena, $ 38.135 nominales desde el 1/7/2026 por 44 horas semanales; para un limpiador, $ 35.270 (acta del 23/07/2026, tabla del MTSS). El Salario Mínimo Nacional del Decreto 319/025 es hoy $ 25.383.

¿Cómo saco el valor hora?

Según el acta de 2023 del laudo de heladerías en cadena, el mensual se divide entre treinta para el día y ese valor entre ocho para la hora (acta 2023); no pudimos confirmar si el acta de 2025 mantiene esa regla. Para el Salario Mínimo Nacional, el decreto divide entre veinticinco el jornal y entre doscientos la hora (Decreto 319/025).

¿Me aplica el laudo si la heladería tiene un solo local?

El subgrupo 04 pide un mínimo de 3 locales y que no haya planta de elaboración en el país (acta 2025). Con un solo local no entrás en esa definición; consultá en el MTSS qué grupo corresponde.

¿Cuándo es el próximo ajuste?

El próximo ajuste del laudo de heladerías en cadena es el 1/1/2027: 2,47 % en el Nivel 1, 2,18 % en el Nivel 2 y 1,68 % en el Nivel 3 (acta del 23/07/2026); el vendedor pasa a $ 38.966. El correctivo final es el 1/7/2027 (acta 2025).

Fuentes